lunes, 27 de julio de 2009

Simancas corresponde al Reino de León


Simancas corresponde al Reino de León



Después del dominio de los Godos y de la invasión de los Mahomenos sucedió al Infante Don Pelayo su Hierno Don Alonso, que en año de 740 llegó a sanar Dueñas, y Simancas, haciéndolas fronteras de su Reino, por más de 300 años hasta Don Fernando el Magno, y su hijo Don Alonso, el que ganó a Toledo. Después se estableció el Señorío de Castilla la Vieja, en el que sucedieron el Conde Fernán González, y sus hijos, siendo los linderos de este Pais entre los Ríos Duero, y Pisuerga hasta que se juntan en Simancas.


Siendo pues el lindero entre León y Castilla el río Pisuerga, y estando Simancas sobre la Ribera de este Río, contra el Norte, parece claro convenir al Reino de León. Por otra parte, dice el Arzobispo Don Rodrigo, que Don Alonso el primero, ganó de los Moros “In partibus Castelle Septimancas” (En las partes de Castilla a Simancas). Lo mismo dice la Crónica General, contando los Pueblos que conquistó el expresado Monarca, entre los que nombra Amaya, Dueñas, Simancas, etc. Y el Arzobispo Don Rodrigo , en otra parte dice “Lib.5 Cap.12: “Cunque Ferdinandus Gundisalvi resitere non valerte ocuparunt arabes Septimancas dominas etc.” (Y como Fernán González no pudiese ofrecer resistencia, los Árabes ocuparon Simancas, Dueñas, etc)


De lo dicho parece se infiere, que el Condado de Castilla, llegaba hasta Simancas, y aunque tiene alguna verosimilitud, la verdad es que esta Villa siempre fue del Reino de León, y su frontera, por estar a la raya adonde finalizaba el Condado de Castilla, pues venía por el sitio, que llaman ahora el Cantojal, hasta Pesqueruela, adonde se juntan los Ríos, Duero, Pisuerga, y así muchas veces llamaban a Simancas del Reino o Condado de Castilla, siendo del de León, pues cae dentro de su término, y raya de Pisuerga.


También consta esto muy claramente del apeo y Memorial que hizo el Conde Fernán González, de todos los Pueblo que tenía, y en el voto que ofreció, e hizo a S. Millán; pues viniendo discurriendo por la Ribera del Ebro, hasta Pisuerga, no señaló a Dueñas, ni Simancas porque no eran suyas, aunque vino nombrando los Pueblos del otro lado de Pisuerga, que le pertenecían, como Palenzuela, y Tariego, etc.


Lo dicho, se confirma por la Argolla que existe, cuando esto se escribe, año de 1580 en el Castillo del Puente de esta Villa, la que se manifiesta ser allí el sitio, adonde se dividía el Reino de León, del Condado de Castilla. También consta, que esta villa era del rey D. Ramiro de León, por haberla fortificado y retirándose a ella, antes de la famosa Batalla que tuvo con los Moros, llamada de Simancas o del Barranco, y así dice el Arzobispo D. Rodrigo “Ager exercitus per venit celeriter Septimancas” ( El ejército llegó rápidamente al campo de Simancas)


Antonio Cabezudo (Cura de la parroquia de la Villa de Simancas en su libro Historia de las Antigüedades de Simancas en 1580)

lunes, 6 de julio de 2009

La justicia según Alfonso X el sabio


El rey Sabio describe así a la justicia: Raygada virtud es la justicia, según dixeron los sabios antiguos, que dura siempre en las voluntades de los omes justos, e da e comparte a cada unó su derecho igualmente. E como quier que los omes mueran, pero ella, quanto en sí nunca desfallece ante finca siempre en los caraçones de los omes vivos que son derechureros e buenos. E maguer diga la scriptura, que el ome justo cae en jerro, siete vezes en el día, porque el non puede obrar lo que debe por la flaqueza de la natura que es en él, con todo esso en la voluntad siempre debe ser aparejado en fazer bien, e en cumplir los mandamientos de la justicia. E porque ella es tan buena en sí, comprehende todas las otras virtudes principales, assí como dixeron los sabios: por ende la asemejaron a la fuente perenal, que ha en sí tres cosas. La primera, que assí como el agua que della sale, nasce contra Oriente, assí la Iusticia cata siempre do nasce el sol verdadero, que es Dios, e Christo, sol de la Iusticia. La segunda es, que assí como el agua de la fuente corre siempre, e han los omes mayor sabor de beber della, porque sabe mejor, e es más sana que otra; otrosí, la Iusticia siempre es en sí, que nunca se desgasta, nin mengua, e reciben en ella mayor sabor los que la demandan e la han menester, más que en otra cosa. La tercera es, que assí como el agua della es caliente en invierno, e fría en verano, e la bondad della es contraria a la maldad de los tiempos, assí el derecho que sale de la Iusticia tuelle(1) e contrasta las cosas malas e desaguisadas que los omes facen.(2)





(1) quita o mata

(2) Partida III, título I, ley I